Las operaciones que se realicen a partir del 1 de septiembre deben registrarse.
Los avisos en los que se informe sobre las operaciones vulnerables a que se refiere la Ley Anti-Lavado contendrán la información referente a los actos u operaciones que hayan sido realizadas a partir del 1 de septiembre de 2013.
Lo anterior está señalado así en el Transitorio Segundo del Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
La información a recopilar de cada operación depende del tipo de actividad vulnerable que se realice, pero generalmente abarca la identificación del nombre completo, RFC, CURP, domicilio, nacionalidad, actividad económica, y hasta datos tan específicos como las cuentas y tipos de pago.
La información específica está disponible en los Anexos de la Reglas Generales de la Ley Anti-Lavado, disponible en el módulo Legislación de Fiscalia, en el aparatado Reglas Misceláneas.
El Artículo 17 de la LFPIORPI señala las siguientes actividades vulnerables, así como los montos a partir de los cuales se debe registrar la información de la operación, y a partir de los cuales se debe incluir en el aviso mensual.
Actividades |
Obligación de Registro en VSMDF
|
Obligación de Aviso en VSMDF
|
Monto para registrar
|
Monto para avisar
|
Juegos, sorteos, apuestas, concursos |
325
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645
|
21,047.00
|
41,770.20
|
Emisión o comercialización de tarjetas de servicios o de crédito otorgadas por entidades no financieras, cuando el gasto mensual acumulado sea igual o superior a: |
805
|
1285
|
52,131.80
|
83,216.60
|
Comercialización de tarjetas prepagadas emitidas por entidades no financieras |
645
|
645
|
41,770.20
|
41,770.20
|
Emisión y comercialización de cheques de viajero de entidades no financieras |
Siempre
|
645
|
Siempre
|
41,770.20
|
Ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos, por parte de sujetos distintos a las entidades financieras |
Siempre
|
1605
|
Siempre
|
103,939.80
|
Inmuebles: Prestación habitual o profesional de los siguientes servicios relacionados con inmuebles, siempre que involucren operaciones de compra o venta de dichos bienes por cuenta o a favor de los clientes a quienes se presten dichos servicios: - Construcción o desarrollo de inmuebles - Intermediación en la transmisión de la propiedad - Constitución de derechos sobre dichos bienes |
Siempre
|
8025
|
Siempre
|
519,699.00
|
Comercialización o intermediación habitual o profesional de metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes |
825
|
1625
|
53,427.00
|
105,235.00
|
Subasta o comercialización habitual o profesional de obras de arte |
2410
|
4815
|
156,071.60
|
311,819.40
|
Comercialización o distribución habitual profesional de vehículos aéreos, marítimos o terrestres |
3210
|
6420
|
207,879.60
|
415,759.20
|
Blindaje de vehículos y de inmuebles |
2410
|
4815
|
156,071.60
|
311,819.40
|
Traslado o custodia de dinero o valores |
Siempre
|
3210
|
Siempre
|
207,879.60
|
Servicios Profesionales: La prestación de servicios profesionales, de manera independiente, sin que medie relación laboral con el cliente respectivo, en aquellos casos en los que se prepare para un cliente o se lleven a cabo en nombre y representación del cliente cualquiera de las siguientes operaciones: | ||||
- Compraventa de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
- Administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
- Manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
- Organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
- La constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporativos, incluido el fideicomiso y la compra o venta de entidades mercantiles |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Notarios Públicos: La prestación de servicios de fe pública por parte de los notarios públicos respecto de las siguientes operaciones: | ||||
- Transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles |
Siempre
|
16000
|
Siempre
|
1,036,160.00
|
- Otorgamiento de poderes para actos de administración o dominio con carácter irrevocable |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
- Constitución de personas morales o su modificación patrimonial |
Siempre
|
8025
|
Siempre
|
519,699.00
|
- Constitución de fideicomisos traslativos de dominio o de garantía sobre inmuebles |
Siempre
|
8025
|
Siempre
|
519,699.00
|
- Otorgamiento de contratos de mutuo en los que el acreedor no forme parte del sistema financiero o no sea un organismo público de vivienda |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Corredores Públicos: La prestación de servicios de fe pública por parte de los corredores públicos respecto de las siguientes operaciones: | ||||
- Realización de avalúos |
8025
|
8025
|
519,699.00
|
519,699.00
|
- Constitución de personas morales mercantiles, su modificación patrimonial derivada de aumento o disminución de capital social, fusión o escisión, así como la compraventa de acciones y partes sociales |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
- Constitución, modificación o cesión de derechos de fideicomiso, en los que de acuerdo con la legislación aplicable puedan actuar |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
- Otorgamiento de contratos de mutuo mercantil o créditos mercantiles en los que de acuerdo con la legislación aplicable puedan actuar y en los que el acreedor no forme parte del sistema financiero |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
- Recepción de donativos, por parte de asociaciones sin fines de lucro |
1605
|
3210
|
103,939.80
|
207,879.60
|
Agente o apoderado aduanal: Prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal, para promover por cuenta ajena, el despacho de las siguientes mercancías: | ||||
- Vehículos terrestres, aéreos y marítimos |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
- Máquinas para juegos de apuesta y sorteos |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
- Equipos y materiales para la elaboración de tarjetas de pago |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
- Joyas, metales, piedras preciosas, relojes |
485
|
485
|
31,408.60
|
31,408.60
|
- Obras de arte |
4815
|
4815
|
311,819.40
|
311,819.40
|
- Materiales de resistencia balística para la prestación de servicios de blindaje |
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Siempre
|
Constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles por valor mensual |
1605
|
3210
|
103,939.80
|
207,879.60
|
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