Con miras a digitalizar toda la presentación de información, SAT elimina formatos impresos.
Con fecha 29 de julio de 2013 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presenta en su página de Internet un Anteproyecto de Modificaciones al Anexo 1 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2013, que contiene los formatos oficiales.
A través de este proyecto se modifican y derogan los siguientes formatos:
Modificaciones
E5cinco | Pago de derechos, productos y aprovechamientos. |
FEF | Información de fideicomisos. Art. 32-B fracc. VIII CFF. |
Derogaciones
1-D y Anexos | Pagos provisionales, primera parcialidad y retenciones de impuesto federales. |
1-D1 | Pagos provisionales, mensuales y retenciones de impuestos federales 2002. |
1-E | Pagos provisionales y primera parcialidad del impuesto especial sobre producción y servicios. |
2 y Anexos | Declaración del ejercicio. Personas morales, régimen general. |
2-A y Anexos | Declaración de consolidación. |
3 y Anexos | Declaración del ejercicio. Personas morales, régimen simplificado. |
4 y Anexos | Declaración del ejercicio. Impuesto especial sobre producción y servicios. |
13 y Anexos | Declaración del ejercicio. Personas morales, régimen simplificado. |
13-A y Anexos | Declaración del ejercicio. Personas físicas. Sueldos, salarios y conceptos asimilados. |
17 | Pago definitivo del impuesto especial sobre producción y servicios. Bebidas alcohólicas. |
50 y Anexos | Declaración informativa de contribuyentes que otorguen donativos. |
54 y Anexos | Declaración sobre las inversiones en jurisdicciones de baja imposición fiscal, en sociedades o entidades residentes o ubicadas en dichas jurisdicciones. |
55 y Anexos | Declaración informativa de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero. |
71 y Anexos | Declaración del ejercicio. Personas morales no contribuyentes. |
La intención de estos cambios es que esta información se presente de forma electrónica a través de las diferentes herramientas que el SAT tiene en su página de Internet.
En este mismo sentido, se indica que los formatos 54 y 55 ya no pueden ser enviados por servicio postal.
Estos cambios aún no se publican en el Diario Oficial de la Federación, pero las reglas prevén su entrada en vigor a partir del 1 de agosto de 2013.
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